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IMPORTACION DE MERCANCIAS, SOLICITUD DE DEVOLUCION DE CANTIDADES PAGADAS COMO ANTICIPO, CON MOTIVO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 323673 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2906

Si la parte quejosa como compradora de mercancías importadas, para poder disponer de ésta, hizo el anticipo del 3%, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que le exigieron las autoridades aduanales, y posteriormente ocurrió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, inconformándose y reclamando la devolución de la cantidad anticipada, habiendo aplicado indebidamente en pago definitivo el anticipo, el jefe del Departamento del Impuesto sobre la Renta, si ocurrió al Tribunal Fiscal y la Sala responsable declaró válida la resolución que negó la devolución del anticipo, debe decirse que independientemente de que a los remitentes de mercancías se les impone la obligación de pagar el anticipo del 3% sobre el importe de la factura correspondiente y a hacer las manifestaciones respectivas, la autoridad responsable debe aceptar como verídica la afirmación hecha por la quejosa, en el sentido de que se vió obligada a enterar los anticipos en virtud de las medidas coercitivas señaladas en la demanda; y que, por tanto, les corresponde estudiar los efectos que pudieran derivarse de tal circunstancia; y no se requiere presentar pruebas para acreditar la existencia de los medios coercitivos, atento el tenor de la última parte del artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; y no pudiéndose estudiar en el amparo tales efectos, debe concederse la protección de la Justicia Federal, para el efecto de que la autoridad responsable examine el problema.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323673-0a1a2d10/importacion-de-mercancias-solicitud-de-devolucion-de-cantidades · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo LXXX, página 5011. Indice Alfabético. Amparo 4480/43. E. Benoit. Sucesores. 29 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente Gabino Fraga. Ponente: Franco Carreño. Tomo LXXX, página 5011. Indice Alfabético. Amparo en revisión 5308/43. "La Valliere", S. A. 15 de junio de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Franco Carreño. Tomo LXXX, página 2906. Amparo administrativo en revisión 4923/43. Compañía Dental Mexicana, S. A. 8 de junio de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Franco Carreño.

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