IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES PARA LOS EFECTOS DEL.
Debe aceptarse la deducción de una cantidad por concepto de amortización, si en el caso quedaron justificados los requisitos de los artículos 34, fracciones I y V, y 38, fracción III, del reglamento respectivo, toda vez que el dictamen pericial demostró que si se corrió el asiento relativo a esa partida en el libro mayor de la contabilidad de la quejosa, apareciendo dentro del periodo que comprende la calificación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323716-1388ef92/impuesto-sobre-la-renta-deducciones-para-los-efectos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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