AGRAVIOS.
No pueden plantearse en el informe justificado, ni en el escrito de expresión de agravios, respectivamente, cuestiones distintas a las que surjan del mismo acto reclamado, tal como se dio a conocer al quejoso, o diversas a las que han sido materia de controversia en la primera instancia del amparo, pues en ambos casos, se privaría a las partes de la posibilidad de defenderse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/324440-dabc1cbf/agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 352/43. Valencia Morfín José María. 14 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista estuvo ausente por estar integrando la Tercera Sala por acuerdo del Pleno. Relator: Gabino Fraga.
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