PRUEBAS EN EL AMPARO, SI SE DESECHAN DEBE OCURRIRSE EN QUEJA.
Si se desecha la prueba de actuaciones judiciales que ofreció el quejoso, y que consiste en todo el incidente de suspensión correspondiente a su amparo, contra tal acto no debe interponerse el recurso de revisión, sino el de queja.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/324489-ed677256/pruebas-en-el-amparo-si-se-desechan-debe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6816/42. Pastrana Jaimes David. 27 de julio de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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