AMPARO, MATERIA DEL.
En el juicio de amparo no pueden tratarse materias que no fueron motivo de la reclamación. Por otra parte, si el Juez de Distrito omitió tratar alguno de los actos reclamados en la demanda, pero en la revisión no se hace valer al respecto ningún concepto de violación, no hay base para estimar la inconstitucionalidad del acto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/324549-f247e66d/amparo-materia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2339/43. Gremio Unido de Alijadores, S. C. de R. L. y The National Oil, S. A. (Acumulados). 9 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Gabino Fraga no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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