PEQUEÑA PROPIEDAD.
La fracción XIV del artículo 27 de la Constitución Federal, excluye del conocimiento del Poder Judicial de la Federación, de toda controversia que pudiera suscitarse contra las resoluciones presidenciales dotatorias o restitutorias de tierras y aguas, aun respecto de aquellas cuya inconstitucionalidad se hiciera derivar de la afectación de una pequeña propiedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/324833-a0fbb2cd/pequena-propiedad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo LXXVI, página 7243. Indice Alfabético. Amparo en revisión 9401/42. Moncada S. Jesús. 14 de junio de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXVI, página 1587. Amparo administrativo en revisión 10665/42. González Lauro y coagraviados. 16 de abril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett B. Relator: Octavio Mendoza González.
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