HABITACIONES, CLAUSURA DE LAS.
Aun cuando la autoridad responsable manifieste en su informe justificado, haber concedido determinado plazo al promovente, para que hiciera las reparaciones que necesita en el local de su propiedad, si por tal circunstancia considera que los efectos del acto reclamado han cesado, no es de aceptarse tal razonamiento, por no haber acompañado a dicho informe, copia certificada alguna y, por lo mismo, su afirmación, por no encontrarse debidamente justificada, equivale a la aseveración de cualesquiera de las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/325288-20f29c5c/habitaciones-clausura-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CASAS HABITACION, REPARACIONES A LAS. (s/clave)
- CASAS DE HUESPEDES, CLAUSURA DE LAS. (s/clave)
- DAÑOS, PRUEBA DE LOS. (s/clave)
- PROPIETARIOS DE CASAS, SANCIONES A LOS. (s/clave)
- VIOLACION DE GARANTIAS POR LOS PARTICULARES. (s/clave)
- CLAUSURA DE ESTABLECIMIENTOS. AUDIENCIA PREVIA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis