PRUEBAS EN EL AMPARO, NO PUEDEN TENERSE COMO TALES, LAS RENDIDAS EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION.
Las pruebas rendidas en el incidente de suspensión, no pueden tenerse como tales en el juicio respectivo, mientras no sean rendidas ni ofrecidas en éste, de conformidad con las formalidades que garantizan a las partes una intervención adecuada en el procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326775-142bf03a/pruebas-en-el-amparo-no-pueden-tenerse-como · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2452/41. Guzmán Peñaloza José Antonio. 8 de mayo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett B. Relator: Octavio Mendoza González.
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