AMPARO.
La naturaleza del juicio constitucional, constriñe al Juez al examen judicial de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los actos reclamados, y las únicas cuestiones a que puede referirse, están limitadas a determinar si la sentencia que se reclama y sus consecuencias, son o no violatorias de garantías, por los conceptos expuestos en la demanda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327071-da445801/amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8590/41. Treviño Treviño Laureano. 28 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Gabino Fraga.
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