Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

SOBRESEIMIENTO, NO OBSTA PARA DICTARLO, EL QUE SE HAYA ADMITIDO LA DEMANDA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 327138 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2307

El juzgador debe decretar el sobreseimiento en un juicio, tan luego como aparezca alguna causa fundada de improcedencia, es decir, tan luego como se dé cuenta de ese motivo durante la tramitación, sin que para ello tenga influencia en contrario que se haya admitido la demanda de garantías, ya que este hecho no prejuzga ni puede prejuzgar sobre el fundamento mismo del juicio constitucional que va a dilucidarse en la sentencia respectiva.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327138-7a5b0a69/sobreseimiento-no-obsta-para-dictarlo-el-que-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 8380/41. Olivares Bonifacio, sucesión de. 11 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Gabino Fraga.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis