MUNICIPIOS, INSPECCION SANITARIA POR LOS (LEGISLACION DE TAMAULIPAS)
De acuerdo con el artículo 67, fracción XXXVII de la Ley Orgánica del Municipio Libre en el Estado de Tamaulipas, las autoridades municipales están expresamente facultadas para desempeñar funciones de inspección de los establecimientos en que se expenden comestibles, para cuidar que sean sanos los alimentos que se ofrezcan por los comerciantes, al consumidor. Ahora bien, no puede suscitarse ninguna duda respecto a que la Legislatura Local, al establecer un derecho sobre inspecciones sanitarias a cargo de los municipios, no creó una exacción inconstitucional, por el concepto de que solamente las autoridades federales pueden practicar inspecciones sanitarias.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327626-8984c9dd/municipios-inspeccion-sanitaria-por-los-legislacion-de-tamaulipas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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