ORDENES VERBALES, AMPARO CONTRA LAS.
Si una autoridad responsable, dicta una orden verbalmente, que luego el afectado recurre en amparo y comprueba su existencia por medio de testigos, con esa prueba queda acreditada la existencia de la orden que se reclama, sin que sea obstáculo para estimarlo así, la circunstancia de que la orden haya sido verbal y no escrita, pues este dato, en lugar de servir como elemento para no tener por comprobada la existencia de la orden susodicha, es una razón más para estimarla violatoria del artículo 16 constitucional, que exige, entre otros requisitos, que todo mandamiento de autoridad debe ser por escrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328245-a59e89aa/ordenes-verbales-amparo-contra-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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