LEY DE HACIENDA (LEGISLACION DE COAHUILA).
La Diputación Permanente del Estado de Coahuila no está facultada, de acuerdo con los artículos 32, 46 y 73, fracción VIII, en relación con el 67, fracción XXXIII, de la Constitución Local, para expedir una Ley de Hacienda, porque las facultades que por la constitución se conceden a las Comisiones Permanentes, son para conocer y resolver "asuntos" y no para legislar, a fin de que sus funciones sean de verdadera cooperación con el Poder Legislativo y no una delegación de las facultades de éste.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328258-d319cdd6/ley-de-hacienda-legislacion-de-coahuila · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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