NOTIFICACIONES EN EL AMPARO.
No debe considerarse que una persona ha sido notificada, por meras suposiciones, sino que debe existir una constancia fehaciente del hecho mismo de la notificación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328336-2920797e/notificaciones-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7578/38. Rivera María del Carmen. 14 de enero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo CIX, página 2375, tesis de rubro "EMPLAZAMIENTO IRREGULAR.".
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