PRESCRIPCION EN MATERIA FISCAL.
La prescripción de un adeudo fiscal debe hacerse valer con oportunidad, como excepción, en el juicio de oposición que ha de promoverse dentro del plazo que fija la ley, so pena de perder definitivamente el derecho de promoverlo, y la prescripción que se haga valer sólo ante la Secretaría de Hacienda, carece de eficacia jurídica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328434-901cc774/prescripcion-en-materia-fiscal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4323/38. Tremari Arturo y coagraviado. 11 de febrero de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Gabino Fraga.
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