AUTORIDADES RESPONSABLES, JUSTIFICACION DE SUS PROCEDIMIENTOS.
No es necesario que las autoridades responsables citen el número del precepto legal en que pretenden fundar el acto reclamado, pues basta que hagan referencia al contenido de las disposiciones de la ley en que apoyan sus determinaciones, para que éstas no se tengan por inválidas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328810-1ab8b387/autoridades-responsables-justificacion-de-sus-procedimientos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 115/40. Yruegas Juan. 5 de julio de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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