AUTORIDADES RESPONSABLES, DEBEN FUNDAR SUS RESOLUCIONES.
No basta que las autoridades responsables notifiquen a la parte quejosa, la parte dispositiva de una resolución que digan haber dictado en el asunto respectivo, sino que están obligados a fundar y motivar esa resolución, en cuanto pueda implicar una molestia a los intereses de dicha parte quejosa, lo que significa que deben apoyarla en la ley aplicable y dictarla tomando en cuenta los hechos que determinen la inclusión del caso concreto dentro del precepto o preceptos legales que se consideran aplicables, debiendo, además, dar a conocer esa fundamentación y motivación a la parte interesada para que esté en posesión de los elementos necesarios para su defensa, en caso de que estime lesionados sus derechos; elementos sin los cuales, se priva a la propia parte quejosa de la posibilidad de impugnar adecuadamente esa resolución, si la considera lesiva.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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