IMPUESTOS PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD EN LOS.
Las características de proporcionalidad y equidad, prescritas por la fracción IV del artículo 31 constitucional, se refieren en los términos de la doctrina hacendaria, a que las contribuciones se establezcan por el legislador, en condiciones tales, o con la importancia del hecho o acto que la causa, según se trate de impuestos directos o indirectos, y a que los arbitrios del estado graviten sobre distintas fuentes de riqueza, y no sobre una determinada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329121-be42666b/impuestos-proporcionalidad-y-equidad-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparos administrativos. Acumulados en revisión 6428/30. Morales Antonio y coagraviados. 21 de septiembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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