LEYES, APLICACION RETROACTIVA DE LAS.
Si una persona se somete voluntariamente, en forma espontánea, a los efectos de una ley, sin que aparezca siquiera que haya reserva de derecho alguno, no puede, después, invocar que esta se le aplique retroactivamente en perjuicio de sus intereses o de sus derechos adquiridos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329956-b67432cc/leyes-aplicacion-retroactiva-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2475/39. "La Casa de la Suerte", S. A. 3 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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