PRUEBAS EN EL AMPARO, OMISION DE.
Si a pesar de que una prueba fue ofrecida y se acepta en el juicio de amparo, el Juez no mandó practicarla, y acto contínuo de la celebración de la audiencia, dictó el fallo, la omisión consistente en no estudiar la prueba dicha, amerita la reposición del procedimiento y que se dicte nueva sentencia, en la que se tome en cuenta aquélla.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330078-6d3a7771/pruebas-en-el-amparo-omision-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3347/39. Fajardo Celia. 19 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Fernando López Cárdenas.
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