Corpus
Modo: Corpus Pro

TABACOS LABRADOS, FECHA DE LA VIGENCIA DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 330135 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4026

Al disponer el artículo 1o., transitorio de la Ley del Impuesto sobre Tabacos Labrados, que entraría en vigor en toda la República, al tercer día de su publicación, contraría lo dispuesto por los artículos 3o. y 4o. del Código Civil y, por lo mismo, es violatorio de los artículos 14 y 16 constitucionales. En consecuencia, para determinar la fecha en que entró en vigor el ordenamiento citado, es necesario recurrir a las normas del Código Civil.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330135-5250e6ad/tabacos-labrados-fecha-de-la-vigencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 249/39. Cárdenas de Nader Ofelia y coagraviados. 5 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Rodolfo Asiáin no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Gómez Campos.

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