TRANSPORTES, PERMISOS DE RUTA.
Es violatoria de garantías la orden que impide que se preste un servicio de ruta, si la autoridad se apoya en que el beneficiario no solicitó la renovación del permiso ya vencido, pero consta que sí se hizo esa solicitud, si no precisamente formulándola por escrito, sí mediante la entrega de los permisos vencidos y de las cantidades correspondientes a los derechos que por la renovación de esos permisos, se debían satisfacer, así como el retrato del interesado, según costumbre establecida, y debe concederse el amparo contra tal acto, sin perjuicio de que la Secretaría de Comunicaciones pueda negar la renovación solicitada, de acuerdo con las facultades que le corresponden, si existe otra causa legal que pueda apoyar su negativa y que sea distinta de la mencionada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330170-06691010/transportes-permisos-de-ruta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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