CONDONACION.
La condonación, por ser una gracia, sólo crea derechos en favor del causante, una vez que ha sido concedida, pero no antes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330243-0ae9f31b/condonacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 788/39. Geic Juan Felipe. 19 de abril de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Fernando López Cárdenas. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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