CALIFICACIONES ESTIMATIVAS.
No se cumple con el artículo 123, fracción II, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, si para hacer una calificación, se solicita en forma general la comprobación de todos los renglones que compongan la declaración, sin expresar cuáles son las partidas o puntos dudosos cuya comprobación es necesaria, pues con eso se da lugar a que el causante incurra en alguna omisión, por ignorar cuáles son los documentos comprobatorios que interesan a la autoridad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330410-598efc85/calificaciones-estimativas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7469/38. Watzstein Hermanos y E. Lutzpador "La Casa Alemana". 4 de enero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Garza Cabello.
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