TITULOS, REGLAMENTACION DE LA EXPEDICION DE.
Aunque la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma, dejó a cargo del presidente de la República, la reglamentación de las escuelas libres y la determinación de la validez de los estudios hechos en ellas, la disposición relativa no es sino una limitación de las facultades concedidas a la Universidad, al excluir de ellas, la de reglamentar y reconocer la validez de los estudios hechos en las mencionadas escuelas, de manera que no obstante que la mencionada ley fue derogada por la nueva Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de México, sin que ésta última se haga en absoluto mención de los estudios hechos en las escuelas libres y de la validez de los títulos por ellas otorgados, es evidente que la reglamentación de dichas escuelas sigue a cargo del Ejecutivo, por, no existir disposición alguna que lo prive de esa facultad o que la deje a cargo de diversa autoridad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330431-911340ba/titulos-reglamentacion-de-la-expedicion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- UNIVERSIDAD AUTONOMA DE MEXICO, TITULOS EXPEDIDOS POR LA. (s/clave)
- UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO, VALIDEZ DE LOS TITULOS PROFESIONALES EXPEDIDOS POR LA. (s/clave)
- TITULOS PROFESIONALES, ORGANISMOS FACULTADOS PARA EXPEDIR LOS. (s/clave)
- TITULOS PROFESIONALES EXPEDIDOS POR LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA, VALIDEZ DE LOS. (s/clave)
- UNIVERSIDAD AUTONOMA DE MEXICO, FACULTADES DE LA, PARA REVALIDAR TITULOS PROFESIONALES. (s/clave)
- TITULOS PROFESIONALES, REGISTRO DE LOS (LEGISLACION DE TAMAULIPAS). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis