TERRENOS NACIONALES, SUSPENSION TRATANDOSE DE CANCELACION DE AVISO DE OCUPACION DE.
Si se reclama en amparo la resolución de la Secretaría de Agricultura y Fomento, que cancela el aviso de ocupación de terrenos nacionales dado por el quejoso, de acuerdo con el decreto de 2 de agosto de 1923, la suspensión debe negarse, porque si se concediera, se causarían perjuicios al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público, relativas a tierras de propiedad nacional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330886-42a2a1b1/terrenos-nacionales-suspension-tratandose-de-cancelacion-de-aviso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3526/38. Gastelum Zoila.16 de noviembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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