MARCAS.
Es obvio que cuando se trata de establecer si una marca es imitación de otra, es suficiente el examen visual comparativo de las mismas, sin necesidad de ocurrir a reglas científicas o artísticas, ya que el objeto de prohibir las imitaciones, es que no se confundan las marcas fácilmente, y a la simple vista.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331792-3509d814/marcas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo directo 72/36. Fernández Vicente. 18 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.
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