MARCAS, IMITACION DE.
Es verdad que conforme a la ley, no será considerada una marca como imitación de otra registrada con anterioridad, por el hecho de aparecer en aquélla, menciones sobre calidad, cantidad, etcétera, si la marca posterior tiene caracteres distintivos que la hagan diferencias fácilmente de la marca primordial, pero esto siempre que tenga caracteres distintivos que la hagan diferenciar fácilmente. Por tanto, si aparecieren estas mismas características en una misma marca y aun en el nombre, no se cambia más que la letra y el marbete tiene las letras del mismo estilo, y la única diferencia específica no destaca en primer lugar sino con letras minúsculas y difícilmente visibles, es indudable que sí existe una imitación de la marca registrada con anterioridad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321462-29ae6373/marcas-imitacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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