Corpus
Modo: Corpus Pro

TRIBUNAL FISCAL, RECLAMACION ANTE EL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 332381 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1959

No es necesaria la expresión de agravios para que se resuelva la reclamación ante la Sala correspondiente, interpuesta contra las resoluciones que dicten los Magistrados semaneros, conforme al artículo 17 de la Ley de Justicia Fiscal, pues la reclamación así establecida, no es más que una revisión de los acuerdos que tramite la Sala respectiva, que pueden dictar los Magistrados semaneros en turno, y es indudable que una cuestión jurídica sobre la que debe versar la revisión, está comprendida en la demanda misma, sin necesidad de nuevos elementos.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332381-6f62cedd/tribunal-fiscal-reclamacion-ante-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo LIV, página 3355. Indice Alfabético. Amparo 6158/37. Lara Pedro E. 18 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Aguirre Garza. Tomo LIV, página 1959. Amparo administrativo en revisión 6202/37. Ortiz V. Ramírez. 17 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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