PETROLEO, IMPUESTOS AL.
Si los términos de los decretos fijando nuevos impuestos al petróleo, son expresos y no requieren razonamiento alguno, con respecto al alcance que debe darse a esos preceptos, porque en sus artículos se refieren claramente a un impuesto futuro, cuya base para su monto fue variada, es indudable que no necesitan de interpretación para aplicarse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333784-9adab8d7/petroleo-impuestos-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5052/33. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S.A. 11 de diciembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.
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