FISCO, PRESCRIPCION CONTRA EL.
De acuerdo con el artículo 12 de la Ley de 31 de mayo de 1901, los cinco años en que prescriben las acciones, créditos y reclamaciones contra el fisco federal, no corren de momento a momento, sino que empiezan a contarse al terminar el ejercicio fiscal en que se haya originado el derecho y transcurran con los cinco años fiscales inmediatos, posteriores.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334142-29409759/fisco-prescripcion-contra-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1964/36. Compañía Industrial Mexicana, S.A. 20 de septiembre de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.
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