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AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS, NO PUEDEN REVOCAR SUS RESOLUCIONES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 334162 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 12

Si un acuerdo ha sido aprobado por el titular de una secretaría de Estado, es claro que no puede ser revocado después por otro del subsecretario respectivo, y aun cuando el mismo secretario ordene esa revocación, es ilegal, si el acuerdo ya ha creado derechos en favor del interesado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334162-29dc28ea/autoridades-administrativas-no-pueden-revocar-sus-resoluciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 392/36. Compañía Industrial Mexicana, S.A. . 1o. de abril de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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