PERJUICIO BASE DE AMPARO.
El perjuicio que al quejoso causa el acto reclamado, es elemento básico para la procedencia de la acción constitucional, de suerte que si no está justificado dicho perjuicio, el amparo es improcedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335092-eacb480c/perjuicio-base-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XLVI, página 6653. Indice Alfabético. Amparo 5354/33. Maldonado Esteban L. 7 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. Ponente: José M. Truchuelo.
Tomo XLVI, página 4943. Amparo administrativo en revisión 3974/33. Miranda José María, sucesión de y coagraviada. 30 de noviembre de 1935. Unanimidad de cinco votos por lo que se refiere a los puntos primero, segundo, y cuarto resolutivos y mayoría de tres en cuanto el punto tercero. Disidente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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