Corpus
Modo: Corpus Pro

AMPARO, SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO EN EL JUICIO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 335556 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1230

Según los artículos 9o. y 10o. de la ley reglamentaria del juicio de garantías, cuando se trate de la pena de muerte, de ataques a la libertad individual, del destierro, o de algún otro acto de los enumerados en el artículo 22 constitucional, si el agraviado está en imposibilidad de promover el juicio de garantías, caso para el que dispone la ley que si el individuo a cuyo favor se ha solicitado el amparo, hubiere sido secuestrado y concedida la suspensión del acto reclamado resultaren infructuosas las medidas del Juez para la comparecencia, del quejoso, el procedimiento deberá ser suspendido y abrirá un proceso contra la autoridad o autoridades responsables del secuestro, a fin de que sean castigadas conforme a la ley. Esta suspensión será hasta por un año, pasado el cual, deberá sobreseerse, si nadie se hubiere apersonado con la representación legal del ofendido, para continuar el juicio hasta su conclusión.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335556-8e2bb506/amparo-suspension-del-procedimiento-en-el-juicio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 5051/34. Viveros G. Francisco. 18 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Genaro V. Vázquez.

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