CIUDADES, MEJORAMIENTO DE LAS.
Cuando el acto reclamado consiste en alguna determinación de la autoridad, que tiende a mejorar las condiciones de una ciudad, ya sea desde el punto de vista de la salubridad o del de embellecimiento, no es procedente conceder la suspensión, pues se perjudicarían los intereses de la sociedad y del Estado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335562-8753dbd1/ciudades-mejoramiento-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2726/33. Gutiérrez Antero y coagraviados. 22 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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