JURISPRUDENCIA DE LA SUPREMA CORTE.
De acuerdo con lo mandado por el artículo 149 de la ley reglamentaria del juicio de amparo, los Jueces de Distrito tienen obligación de respetar la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335727-1f533f92/jurisprudencia-de-la-suprema-corte · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XLIV, página 5469. Indice Alfabético. Amparo 204/35. Moreno Salazar Matilde. 29 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Genaro V. Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XLIV, página 5469. Indice Alfabético. Amparo 180/35. Ortiz de la Huerta Rafael. 29 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Genaro V. Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XLIV, página 3742. Amparo administrativo en revisión 212/35. Iturbe Miguel. 28 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Genaro V. Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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