AUTORIDADES EJECUTORAS RESPONSABLES.
Si el amparo se endereza contra una autoridad, de la cual depende otra subalterna y ésta es la que ejecuta el acto reclamado, debe concederse la suspensión respecto de las dos autoridades, puesto que el acto reclamado, por ejemplo un embargo fiscal, se ejecutó por una dependencia de la primera de las citadas autoridades, que no puede obrar independientemente de la misma.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335764-cf14f521/autoridades-ejecutoras-responsables · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5224/33. "El Fénix", S. A., liquidación judicial. 7 de junio de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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