REVISION.
En la revisión, la Suprema Corte sólo debe ocuparse del examen de los agravios expresados contra la sentencia del Juez de Distrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335768-6dcb7b7b/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3639/31. Bartels Pablo J. H. 8 de junio de 1935. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Agustín Aguirre Garza. Relator: José María Truchuelo.
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