AGRAVIOS EN AMPARO.
Conforme al artículo 118 de la ley reglamentaria del amparo, el acto reclamado tiene que apreciarse por la Suprema Corte, tal como fue planteado ante la autoridad señalada como responsable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336249-e75325ab/agravios-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1082/31. Ibargüengoitia de Buenrostro Guadalupe y coagraviado, cesión civil de. 13 de julio de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.
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