IMPUESTOS.
Los impuestos no son tributos establecidos en virtud de un derecho superior, sino una contribución que se basa en las cargas de la vida social. Los impuestos deben ser proporcionales a las facultades de los contribuyentes, a las rentas o al capital, según el sistema que se adopte. Si se trata de impuestos indirectos, el hecho que los causa, es lo que la ley tiene en cuenta, y la contribución debe estar en proporción de la importancia del acto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336334-3a001285/impuestos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo directo 4205/30. Nieves José A. 24 de agosto de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.
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