IMPUESTOS, REQUISITOS DE LOS.
Para la constitucionalidad de un impuesto, se requiere que sea proporcional, equitativo y que se destine al pago de los gastos públicos, en beneficio de la colectividad, elevando su nivel social; por tanto, las percepciones que como impuestos se exijan para favorecer a instituciones mercantiles o a los particulares, son contrarias al propósito del Constituyente, que sólo concedió al Estado la facultad de imponer contribuciones que, por su forma de distribución, beneficien a todas las clases sociales del país.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo Administrativo en revisión 3664/40. Villasana C. José R. y coagraviado. 10 de octubre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José M Truchuelo.
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