IMPUESTOS, PROPORCIONALIDAD DE LOS.
Para que la tributación de los habitantes de la República para los gastos públicos, así de la Federación, del Estado y de los Municipios en que residan, sea proporcional y equitativa, como lo previene el estatuto constitucional invocado, es preciso no sólo que la ley establezca el impuesto, sino que también fije su cuantía o proporcionalidad; la cuota o forma y términos de computarlo y pagarlo; pues de otro modo, sería la autoridad fiscal y no la ley, como quiere la Constitución Federal, la que fijaría la proporcionalidad del impuesto, con lo cual la tributación tendría un carácter arbitrario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/322090-6700a5ba/impuestos-proporcionalidad-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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