AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS.
Si los actos de esas autoridades no tienen justificación alguna, debe concederse la protección constitucional.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1326/32. Ludert y Rul Luis. 17 de noviembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.
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