EJIDOS, POSESION DE LOS.
Contra el acuerdo administrativo que prive de la posesión de los ejidos a los ejidatarios, procede conceder la suspensión sin requisito alguno.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336945-477cacb0/ejidos-posesion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3129/31. Ejidatarios de Santa María Guelacé. 18 de octubre de 1932. Mayoría de tres votos. Disidentes: Enrique Osorno Aguilar y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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