CARNES, TRANSPORTE DE, EN EL DISTRITO FEDERAL.
Interpretando rectamente la ejecutoria pronunciada por la Suprema Corte, el 17 de octubre de 1929, que amparó a la asociación de introductores de ganado a los rastros del Distrito Federal, es forzoso concluir que no se debe cobrar a dicha asociación, el transporte de carne de los animales que se sacrifiquen en el rastro, ya sea que la venda en ese lugar o que la saque para su venta a otros sitios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337376-cd0f693e/carnes-transporte-de-en-el-distrito-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo 4/31. Asociación de Introductores de Carne. 23 de octubre de 1931. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.
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