LEY DE INDUSTRIAS MINERALES.
Por virtud de la expedición de esta ley, sólo quedaron derogadas las leyes, decretos, reglamentos y disposiciones vigentes en el ramo de minas e industrias minerales diversas, que se opusieren a ella.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337743-1e7dac1c/ley-de-industrias-minerales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1871/30."Anexas a Florencia", S. A. 28 de abril de 1931. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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