LEGISLACION PRECONSTITUCIONAL.
Según jurisprudencia establecida por la Suprema Corte, deben estimarse en vigor todas las disposiciones legales expedidas durante el periodo preconstitucional, en tanto que no fueren derogadas o estuvieren en pugna con la Constitución actual.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337744-553e54df/legislacion-preconstitucional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1871/30."Anexas a Florencia", S. A. 28 de abril de 1931. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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