POSESION.
Cuando en un amparo se estima demostrada la posesión por el quejoso, y con fundamento en esto se protege contra la desocupación, es claro que la autoridad responsable no debe limitarse a aceptar simplemente la ocupación; sino que debe respetar la posesión, en los términos de la ejecutoria respectiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338273-6ed2845c/posesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo 244/29. Dirección de Bienes Nacionales. 23 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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