EXCEPCIONES.
En el amparo no pueden apreciarse excepciones o defensas que no se hicieron valer ante la autoridad responsable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338316-4d3387f1/excepciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1920/29. Ferrocarriles Nacionales de México, S. A. 25 de noviembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Urbina. Relator: Daniel V. Valencia.
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