ACTOS CONCATENADOS.
Si se concedió el amparo por uno de ellos, esto traerá la nulificación de los que de él se derivan, y por consecuencia, debe sobreseerse en el amparo que se haya pedido contra los actos derivados del primero.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338617-86852d77/actos-concatenados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2342/28. Arriaga Puente José y coagraviados. 14 de febrero de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis M. Calderón y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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